

VIII. Demarcación Territorial: El órgano desconcentrado de la administración pública del Distrito
Federal, también conocido como Delegación
IX. Enseres en vía pública: Aquellos objetos como sombrillas, mesas, sillas, o cualquier
instalación desmontable, colocados en la vía pública para la prestación del servicio que otorga el
Establecimiento Mercantil
X. Establecimiento Mercantil: Local ubicado en un inmueble donde una persona física o moral
desarrolla actividades relativas a la intermediación, compraventa, arrendamiento, distribución de
bienes o prestación de servicios, con fines de lucro
XI. Giro con Impacto Vecinal: Las actividades que por sus características provocan
transformaciones, alteraciones o modificaciones en la armonía de la comunidad
XII. Giro con Impacto Zonal: Las actividades que por sus características inciden en las
condiciones viales y por los niveles de ruido en la tranquilidad de las áreas cercanas
XIII. Giro Mercantil: La actividad comercial lícita, permitida en las normas sobre uso de suelo, que
se autoriza en la Licencia de Funcionamiento o es manifestada en la Declaración de Apertura para
desarrollarse en los Establecimientos Mercantiles
XIV. Ley: La Ley para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles en el Distrito Federal
XV. Licencia de Funcionamiento: El acto administrativo que emite la Delegación, por el cual
autoriza a una persona física o moral a desarrollar actividades comerciales, consideradas por la
Ley como giros de Impacto Vecinal o Impacto Zonal
XVI. Permiso: El acto administrativo que emite la Delegación, para que una persona física o moral
pueda ocupar y colocar en la vía pública enseres o instalaciones del Establecimiento Mercantil, de
conformidad a lo establecido en la Ley
XVII. Reglamento: El Reglamento de la Ley para el Funcionamiento de Establecimientos
Mercantiles en el Distrito Federal
XVIII. Secretaría de Gobierno: La Secretaría de Gobierno del Distrito Federal
XIX. Titulares: Las personas físicas o morales que hayan obtenido Licencia de Funcionamiento
Declaración de Apertura, Autorización o Permiso
XX. Traspaso: La transmisión que el Titular de una Licencia de Funcionamiento, Declaración de
Apertura o Permiso haga de los derechos consignados a su favor a otra persona física o moral
siempre y cuando no se modifique la ubicación del establecimiento y el giro mercantil que la misma.