

corresponde a las autoridades e instituciones públicas y privadas, y en general a todos los
mexicanos y extranjeros que se encuentren en el territorio de aquél, según los siguientes
principios:
I.- La subordinación, en lo político, de la actividad individual, social y del Estado, a la realización
del bien común;
II.- El reconocimiento de la preeminencia del interés colectivo sobre los intereses parciales y la
ordenación y jerarquización de estos en el interés del Distrito Federal;
III.- Revitalizar su Patrimonio Urbanístico Arquitectónico y su imagen urbana, como medio para
mejorar las condiciones de vida de los habitantes;
IV.- Conservar y acrecentar el Patrimonio Urbanístico Arquitectónico del Distrito Federal con sus
valores como Patrimonio Cultural y como testimonio histórico universal;
V.- Rescatar la importancia del conocimiento técnico e histórico necesario para intervenir el
Patrimonio Urbanístico Arquitectónico dada su función social y su relevancia como testimonio
histórico y elemento de identidad local y nacional;
VI.- Promover las condiciones que propicien, dentro de un régimen de libertad, el acceso, respeto
y disfrute efectivo del Patrimonio Urbanístico Arquitectónico del Distrito Federal a la población
universal;
VII.- Fomentar la conservación de documentos que sirvan para construir el conocimiento histórico
del Patrimonio Urbanístico Arquitectónico;
Artículo 3. Para efectos de esta Ley, se entenderá por:
I.- Patrimonio Cultural: El conjunto de expresiones y rasgos tangibles e intangibles que reflejan
como un grupo humano vive, piensa, siente y se relaciona con su medio natural, que tienen uno o
varios valores desde el punto de vista de la historia, la estética, la ciencia y la tecnología, que
pueden ser aprehendidos, aprovechados y disfrutados por otras generaciones, y que lo
caracterizan, relacionan y diferencian de otros grupos.
II.- Monumento cultural: la obra del hombre, tangible o intangible, o de la naturaleza en función del
significado que éste le da, en que se refleja su pensamiento, sentimiento, forma de vida y modo de
relacionarse con su medio, en que se reconocen uno o varios valores singulares desde el punto
de vista de la historia, de estética, la ciencia o de la tecnología que la han hecho y hacen meritoria
de ser legada a las generaciones futuras;.