Reglamentos del D.F.
Reglamentos del D.F.
X. JEFE DE GOBIERNO –El Jefe de Gobierno del Distrito Federal;
XI. LEY –La Ley de Vivienda del Distrito Federal;
XII. MEJORAMIENTO DE VIVIENDA–La actividad orientada a detener o resolver el deterioro del
inventario habitacional, ampliar el espacio de una vivienda ya construida, de elevar la
calidad de vida y de su urbanización y con la finalidad de incrementar el valor, la superficie
y calidad de la vivienda;
XIII. POBLACIÓN DE BAJOS RECURSOS ECONÓMICOS–La que percibe por ingreso familiar hasta 3.7
salarios mínimos mensual, vigentes en el Distrito Federal;
XIV. POBLACIÓN EN SITUACIÓN DE RIESGO –Aquella que habita una vivienda en condiciones
inseguras física y socialmente, bajo inminente amenaza de colapso y que a pone en
peligro su vida;
XV. POBLACIÓN VULNERABLE–La constituida por los adultos mayores y personas discapacitadas,
jefas de hogar, madres solteras, población indígena, población con empleo temporal y/o
informal de bajos recursos económicos;
XVI. POLÍTICA DE VIVIENDA–Son las medidas de carácter general que establece el Gobierno del
Distrito Federal para garantizar el derecho a la vivienda;
XVII. PROCESO HABITACIONAL–La secuencia de actividades u operaciones de planeación,
producción, distribución, uso y mejoramiento de las viviendas, así como de los materiales,
elementos o componentes que las integran y el equipamiento y los servicios urbanos de la
misma;
XVIII. PRODUCCIÓN SOCIAL DE VIVIENDA–El conjunto de actividades de gestión, elaboración de
bienes o prestación de servicios de vivienda de interés social y popular, que realizan
personas físicas o morales, familias, instituciones académicas organizaciones sociales u
organizaciones no gubernamentales, sin fines preponderantes de lucro;
XIX. SECRETARÍA –La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda;
XX. SECTOR PRIVADO –Toda persona física o moral que produzca bienes o servicios
relacionados con la vivienda con fines preponderantes de lucro;
XXI. SECTOR PÚBLICO DE VIVIENDA –Toda dependencia, entidad u organismos de la
administración pública, cuyas atribuciones comprendan el financiamiento y la gestión del
proceso habitacional o la ordenación del territorio que incluya la vivienda;.