Reglamentos del D.F.
Reglamentos del D.F.
mencionados
VI.- Consejo Delegacional: Consejo Delegacional de Protección Civil, un órgano de carácter
consultivo, de opinión y de coordinación de las acciones en la materia
VII.- Consejo de Protección Civil: El Consejo de Protección Civil es el órgano superior de
consulta y opinión de las acciones en la materia, en el que se integran en forma
multidisciplinaria e interinstitucional, los órganos de gobierno del Distrito Federal, las
organizaciones civiles e instituciones científicas, académicas y profesionales, cuyos fines
funciones o atribuciones se vinculan a las acciones de la protección civil
VIII.- Delegaciones: se refiere a los Órganos Político-Administrativos de cada demarcación
territorial
IX.- Desastre: Evento súbito y nocivo que rebasa la capacidad de respuesta del sistema
IX Bis.- Dirección General: La Dirección General de Protección Civil del Distrito Federal
X.- Emergencia: Evento súbito e imprevisto que resulta en un daño, sin rebasar la capacidad de
respuesta del sistema en cuestión
XI.- Evacuación: Medida de seguridad por alejamiento de la población de la zona de peligro, en
la cual debe preverse la colaboración de la población civil, de manera individual o en grupos
En su programación, el procedimiento de evacuación debe considerar, entre otros aspectos, el
desarrollo de las misiones de salvamento, socorro y asistencia social; los medios, los itinerarios
y las zonas de concentración y destino, la documentación del transporte para los niños; las
instrucciones sobre el equipo familiar; además del esquema de regreso a sus hogares una vez
superada la situación de emergencia
XII.- Instrumentos de la Protección Civil: Se refiere a toda aquella información contenida en
materiales empleados para la planeación y operación de la protección civil en el Distrito
Federal
XIII.- Jefe de Gobierno: Se refiere al Jefe de Gobierno del Distrito Federal
XIV.- Ley: Ley de Protección Civil para el Distrito Federal
XV.- Mitigación: Son las medidas tomadas con anticipación al desastre y durante la
emergencia, para reducir su impacto en la población, bienes y entorno
XVI.- Norma Técnica: Conjunto de reglas científicas o tecnológicas de carácter obligatorio para
el Distrito Federal, en las que se establecen los requisitos, especificaciones, parámetros y.