Reglamentos del D.F.
Reglamentos del D.F.
vitales y sistemas estratégicos, en los casos de emergencia, siniestro o desastre
IV.- Las bases de integración y funcionamiento del Sistema de Protección Civil del Distrito
Federal
V.- Las bases para promover y garantizar la participación social en protección civil y en la
elaboración, ejecución y evaluación de los programas en la materia, para que las acciones de
los particulares y las instituciones de Gobierno del Distrito Federal, contribuyan a alcanzar los
objetivos y prioridades establecidos por dichos programas y proyectos
VI.- Las normas y principios para fomentar la cultura de protección civil y autoprotección en sus
habitantes
Artículo 2º.- La aplicación de la presente Ley corresponde al Jefe de Gobierno y a los Jefes
Delegacionales, por conducto de las autoridades que determine la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal, su reglamento y esta Ley
Artículo 3º.- Para los efectos de esta Ley se entiende por
I.- Atlas de Riesgo: Sistema de información geográfica, actualizado, que permite identificar el
tipo de riesgo a que están expuestos los servicios vitales, sistemas estratégicos, las personas
sus bienes y entorno. Cada Delegación elaborará y actualizará su Atlas de Riesgo
Delegacional, con los criterios y bases técnicas que determine la Dirección General. El conjunto
de Atlas de Riesgo Delegacionales integrará el Atlas de Riesgo del Distrito Federal
II.- Auxilio: Acciones destinadas a la salvaguarda de la población, en caso de emergencia
siniestro o desastre, primordialmente a salvaguardar la vida de las personas, sus bienes
servicios vitales y estratégicos, la planta productiva y el medio ambiente
III.- Brigadas Vecinales: Organizaciones de vecinos, coordinadas por las autoridades, que se
integran a las acciones de protección civil y que colabora en los programas y acciones
respectivas en función a su ámbito territorial
IV.- Calamidad: Acontecimiento o fenómeno destructivo que ocasiona daños a la comunidad
sus bienes y entorno, transformando su estado normal en un estado de desastre
V.- Carta de Corresponsabilidad: Documento expedido por las empresas capacitadoras, de
consultoría y estudio de riesgo y vulnerabilidad, y terceros acreditados, registrados por la
Secretaría, para solicitar la aprobación de los programas internos o especiales de protección
civil elaborados por dichas empresas. Este documento deberá ir anexo a los Programas antes.